Escuela Clásica
El eje fundamental de esta escuela son las ideas de Cesar Beccaria, sustentando en la pretensión de establecer nuevos sistemas consideratorios a la justicia penal en torno a persecución al sujeto delincuente, evolucionando eficazmente su percepción. Pero la uniformidad de criterios han considerado como padre de la Escuela Clásica a Francisco Carrara (1805 – 1888), quien se distinguió por su oposición a la pena de muerte.
Las ideas principales de la escuela clásica son:
1. Las acciones humanas, también las delictivas, tienden en esencia al logro del placer y a la evitación del dolor; en ello radica el principio de utilidad del comportamiento.
2. Todos los seres humanos tienen, por principio, las capacidades suficientes para decidir sobre sus actos, incluidos los delictivos.
3. Cuando alguien realiza un delito es debido a los beneficios placenteros que espera obtener de su acción.
4. La finalidad principal de la justicia penal es compensar o contrarrestar mediante un castigo los beneficios que el delincuente espera obtener del delito. Por tanto, la pena debe implicar un perjuicio de mayor entidad que el beneficio del delito.
5. Procediendo de esta manera, asociando al delito males mayores que los bienes que produce, cabría esperar que los ciudadanos no delincan, y, también, que aquéllos que ya han delinquido no repitan su acción. En otras palabras, se buscan dos resultados: primero, que el conjunto de los ciudadanos tenga motivos bastantes para no delinquir porque los males son muchos; y segundo, que los que ya lo hayan hecho anteriormente, cuenten con la experiencia del castigo para no volver a cometer ningún delito.
Referencias Bibliográficas:
Latouche,
P. (23 de Febrero de 2019). Monografias. Obtenido de
https://www.monografias.com/trabajos95/criminologia-escuela-clasica/criminologia-escuela-clasica.shtml
Méndez, I. C. (23 de Febrero de 2019). Crimipedia.
Obtenido de http://crimina.es/crimipedia/topics/escuela-clasica/
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